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REGULARIZACIONES

Requisitos para Importar Cosméticos a Chile

Los requisitos para importar cosméticos a Chile para uso personal se encuentran regulados por el Instituto de Salud Pública de Chile (ISP).

El Instituto de Salud Pública de Chile es un Servicio público, que posee autonomía de gestión y está dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propio; dependiendo del Ministerio de Salud para la aprobación de sus políticas, normas y planes generales de actividades, así como en la supervisión de su ejecución.
Es el organismo de referencia del Estado, que promueve y protege la salud de la población, fortaleciendo el control sanitario a través de la vigilancia, autorización, fiscalización, investigación y transferencia tecnológica; cumpliendo con altos estándares de calidad y excelencia.

¿Cómo puedo importar a Chile?

Para la aplicación de la normativa en esta materia, el ISP ha implementado un procedimiento para la Solicitud de Certificado de Destinación Aduanera y Autorización de Uso Provisional, que considera los siguientes pasos:

  • Descargar el formulario “Solicitud de Certificado de Destinación Aduanera y Autorización de Uso Provisional para Uso Personal” de Medicamentos, Cosméticos y Dispositivos Médicos, según sea el caso.
  • Completar el formulario con toda la información requerida.
  • Reunir todos los antecedentes que respaldan la importación.
  • Una vez completo el formulario, debe presentarlo en triplicado en la Sección Gestión de Trámites del Instituto de Salud Pública.

¿Cómo sacar registro sanitario de cosméticos?

Entre los requisitos para importar cosméticos a Chile, el registro puede realizarlo cualquier persona natural o jurídica. No obstante debe existir un representante legal de la empresa con domicilio en el territorio nacional. Previo a su importación, los productos deben contar con registro sanitario y tener declarado el respectivo importador en él.
Los requisitos para solicitar una autorización de uso personal, debe acompañarse por una Guía área o de embarque, Fotocopia carne de identidad, Factura o boleta y Poder en caso de ser tercera persona que presenta trámite. El trámite lo debe realizar desde la Web de ISP, luego se deberá completar y finalizar para quedar operativo en sistema SIPRO. Desde allí se podrá acceder al formulario electrónico y obtener la resolución final.

Los productos cosméticos podrán distribuirse y expenderse en farmacias, perfumerías y otros establecimientos comerciales. Asimismo, los laboratorios de producción podrán expender al público sus propios productos. Los productos están autorizados para su venta y distribución solamente cuando cuentan con el registro sanitario, dado por el Instituto.

Registro sanitario cosméticos Chile

El registro sanitario permite registrar un producto cosmético importado o fabricado en Chile. Esto debido a que, para ser comercializado y distribuido en el territorio nacional, debe contar previamente con registro sanitario ante el Instituto de Salud Pública (ISP). Para ello se verifica la denominación, finalidad cosmética, fórmula y personería de los solicitantes.
Si el resultado de la evaluación es positivo, se emite una resolución de registro, en la que se establece bajo qué condiciones se debe comercializar. Por el contrario, se deniega el registro sanitario, mediante resolución fundada, previo consentimiento del Ministerio de Salud, con lo cual el producto no se puede comercializar.

Esto rige para cualquier preparado que se destine a la aplicación externa al cuerpo humano con fines de embellecimiento, modificación de su aspecto físico o conservación de las condiciones físico químicas normales de la piel y su anexos; comprendiendo en ellos las uñas, sistema piloso, membranas mucosas de la cavidad oral, dientes y órganos genitales externos.

Rotulación de envases

Los requisitos para importar cosméticos a Chile también mencionan el etiquetado. Deben tener un número de autorización o registro en su envase, corresponde a un número individual para cada uno de los productos cosméticos de protección, maquillaje e infantiles.

La rotulación de los envases de todo producto cosmético se hará en idioma español, con los siguientes datos:

  • Nombre del producto
  • Fórmula completa en nomenclatura INCI.
  • Período de vigencia mínima o fecha de expiración, cuando fuera necesario
  • Código o clave de la partida o serie de fabricación.
  • Contenido neto
  • Nombre o razón social y dirección del titular y, cuando no coincida, también las del fabricante o importador según el caso, con indicación del país donde fue fabricado el producto
  • Modo de empleo, indicaciones, advertencias y precauciones sobre su uso, según proceda
  • Número de registro aprobado por el Instituto, precedido de la sigla individualizadora ISP.
  • Precauciones de almacenamiento y conservación

Certificaciones para exportar cosméticos

Para exportar cosméticos se debe tener el Certificado de exportación para producto cosmético ( Por producto). Este es un documento extendido por el Instituto de Salud Pública de Chile, en conformidad a la información vigente y autorizada en el registro sanitario al momento del ingreso de la solicitud. Acredita las condiciones en que un producto cosmético, se encuentra registrado y, por lo tanto, autorizado para su uso en el territorio nacional. Es un documento oficial, reconocido en el extranjero, que puede presentarse ante las autoridades sanitarias de otros países, para acceder al comercio exterior. Además es un documento requerido por instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras que requieran acreditar la exportación de un producto cosmético con registros sanitario.

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